jueves, 26 de febrero de 2009
17/02/2009
Andalucía |
MI corazón con el bosque
"Mi corazón con el Bosque" es una campaña que relaciona los beneficios del monte para prevenir enfermedades del corazón
OFOR en colaboración con el Ministerio de Sanidad y varias Comunidades Autónomas han elaborado una campaña de sensibilización dirigida a la población, en la que se relaciona la idea de que los montes y las actividades de ocio ligadas a ellos tienen un beneficio directo para la prevención de enfermedades del corazón.
Los bosques son al mismo tiempo productores y renovadores del oxígeno atmosférico, gran farmacopea de productos homeopáticos y un excelente gimnasio barato y adaptable a las necesidades de cualquier deportista.
Con este proyecto se pretende poner en marcha una campaña basada en la promoción de hábitos saludables, fomentando entre la población un mayor contacto con la naturaleza que ayude a prevenir las enfermedades de cardiopatía isquémica. Se han diseñando tres modelos de folletos divulgativos que se repartirán en los Espacios Naturales de Castilla y León, Andalucía, Valencia, Madrid y Cataluña. En ellos se enumeran las diferentes enfermedades del corazón y los consejos para prevenirlas en un contacto directo con la naturaleza y los bosques.
Esta acción pretende ser otro punto de apoyo para promover que la población sea consciente de la importancia que tiene tanto conservar el entorno natural como aprovechar las posibilidades que ofrecen los bosques de una forma sostenible y saludable. Se plantea así una campaña para que la población conozca los recursos que le ofrecen los bosques locales para mejorar su salud. Es, por tanto, una acción divulgativa que de forma indirecta transmite una sensibilización medioambiental.
viernes, 20 de febrero de 2009
Primer taller Co2zero en la Universidad Politécnica de Valencia
Primer taller Co2zero en la Universidad Politécnica de Valencia
Martes, 17 febrero, 2009 5:39 PM
Actuar en beneficio de todos merece un reconocimiento
CO2zero es un proyecto a través del cual las empresas obtienen una “Acreditación”, que garantiza que están compensando el CO2 que emiten y que se han comprometido a realizar las acciones necesarias para promover la reducción de dichas emisiones Calculamos cuánto CO2 emite su empresa
Le informamos cómo compensar sus emisiones de CO2Podemos reducir su dependencia energética hasta un 20%
Conseguimos importantes ahorros en costes y altas rentabilidades de las inversiones en compensación
Ayudamos a mejorar su imagen en el mercado. Le posicionamos en un mercado ecológico e innovador. Conseguimos adaptarle al mercado del futuro
¿Quiere ser una empresa socialmente responsable? ¿Quiere mejorar su imagen corporativa?
Infórmese en el Primer Taller CO2zeroCon el respaldo de:
Cómo ser más responsable y energéticamente eficiente con la SOLUCIÓN CO2zero
El objetivo del Taller es aprender a calcular las emisiones de CO2 que se emiten, para
reducirlas consiguiendo ahorros en la tarifa eléctrica; también, la forma de convertir las
acciones de compensación en inversiones rentables y, todo ello, dentro del marco de la
responsabilidad social corporativa.
Lugar:Universidad Politécnica de Valencia
Ciudad Politécnica de la Innovación
Edificio 8G, Acceso A, 4ªplanta
Sala: INNOVA Fecha: 25 de febrero de 2009Horario:09:00 a 20:00 horas Programación del Taller09:00h. -09:45h.:“Una verdad incómoda” (45 min.)
Impartido por el Doctor Enrique Cabrera Rochera09:45h. -10:00h.: Cofeebreak (15 minutos)
10:00h. -13:00h.: Solución CO2zero (3 horas)
Exposición práctica y personalizada sobre la solución C02zero, Josep Albinyana Explicación sobre los conceptos generales de la certificación C02zero, Josep Albinyana . Cómo calcular las emisiones de C02 de su empresa, Enrique Rivas Cálculo económico de las compensaciones de C02 y posibilidades de retorno como inversión
en maderas nobles, Eduardo de Luca Cómo reducir el consumo eléctrico. Demostración práctica y cálculo estimativo del ahorro eléctrico por empresas, Vicente Rodilla, CYS Domótica Cómo reducir el consumo de gasoil por combustión en procesos industriales, F. J. Falcó Encuentre beneficios extra con un proyecto de reducción de gastos, EmidgioGarcía13:00h. -15:00 h.: Descanso para comer (2 horas)
15:00h. -18:00h.: Responsabilidad Social Corporativa (3 horas)
Ofelia Santiago, Directora de Santiago Consultores
¿Qué es la responsabilidad social corporativa?
Cuándo una empresa es socialmente responsable?
Compromisos de la RSC La empresa socialmente irresponsable Medidas sociales y medioambientales a implantar
¿Cómo comenzar?
18:00h. -18:30h.: Valor añadido de empresas Co2zero (30 minutos)
Óscar Rico, Responsable de Medio Ambiente de Germaine de Capuccini Empleados responsables: mayor productividad, menor coste energético Certificados de calidad e imagen corporativa como arma publicitaria18:30h. –19:30h.: Ruegos y preguntas Más información e inscripciones en:
www.co2zero.es/talleresówww.innovateca.esTeléfono de consulta: 902 74 74 46
Asociación Nuestro Bosque y AVANT i+e organizan el primer Taller CO2zero Colaboradores:
Ajuntamentd'Alzira
Para confirmar asistencia puede ponerse en contacto con inverbosques.es 660 41 45 06
Una placa de hielo de 14.000 km. se desprende de la Antártida | |||||||
| 18/2/2009 | |||||||
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RESPONSABILIDAD AMBIENTAL. LEY 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. BOE 255, de 24 de octubre de 2007
LEY 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. BOE 255, de 24
de octubre de 2007
Esta ley regula la responsabilidad de los operadores, que desempeñen una actividad
económica o profesional, para prevenir, evitar y reparar los daños medioambientales, de
conformidad con el artículo 45 de la Constitución y con los principios de prevención y de que
«quien contamina paga».
Ámbito de aplicación:
1. Daños medioambientales y amenazas inminentes de que tales daños ocurran, cuando
hayan sido causados por las actividades económicas o profesionales enumeradas en el
anexo III, aunque no exista dolo, culpa o negligencia.
2. Esta ley también se aplicará a los daños medioambientales y a las amenazas inminentes
de que tales daños ocurran, cuando hayan sido causados por las actividades económicas o
profesionales distintas de las enumeradas en el anexo III, en los siguientes términos:
a) Cuando medie dolo, culpa o negligencia, serán exigibles las medidas de prevención, de
evitación y de reparación.
b) Cuando no medie dolo, culpa o negligencia, serán exigibles las medidas de prevención y
de evitación.
3. Esta Ley sólo se aplicará a los daños medioambientales, o a la amenaza inminente de
tales daños, causados por una contaminación de carácter difuso, cuando sea posible
establecer un vínculo causal entre los daños y las actividades de operadores concretos.
ANEXO III
1. La explotación de instalaciones sujetas a una autorización de conformidad con la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación. Esto incluye todas las actividades enumeradas en su anexo I. Igualmente incluye cualesquiera otras actividades y establecimientos sujetos al ámbito de aplicación del Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
2. Las actividades de gestión de residuos, como la recogida, el transporte, la recuperación y la
eliminación de residuos y de residuos peligrosos, así como la supervisión de tales actividades.
3. Todos los vertidos en aguas interiores superficiales sujetas a autorización.
4. Todos los vertidos en las aguas subterráneas sujetas a autorización.
5. Todos los vertidos en aguas interiores y mar territorial sujetos a autorización.
6. El vertido o la inyección de contaminantes en aguas superficiales o subterráneas sujetas a permiso, autorización o registro.
7. La captación y el represamiento de aguas sujetos a autorización.
8. La fabricación, utilización, almacenamiento, transformación, embotellado, liberación en el medio ambiente y transporte in situ de:
a) Las sustancias peligrosas.
b) Los preparados peligrosos.
c) Los productos fitosanitarios.
d) Los biocidas.
9. El transporte por carretera, por ferrocarril, por vías fluviales, marítimo o aéreo de mercancías
peligrosas o contaminantes.
10. La explotación de instalaciones que, estando sujetas a autorización de conformidad con la directiva 84/360/CEE del Consejo, de 28 de junio de 1994, relativa a la lucha contra la contaminación atmosférica
procedente de las instalaciones industriales en relación con la liberación a la atmósfera de alguna de las sustancias contaminantes reguladas por la directiva mencionada, requieren una autorización de conformidad con la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
11. Toda utilización confinada, incluido el transporte, de microorganismos modificados genéticamente.
12. Toda liberación intencional en el medio ambiente, transporte y comercialización de organismos modificados genéticamente.
13. El traslado transfronterizo de residuos dentro, hacia o desde la Unión Europea sujeto a autorización o prohibido.
14. La gestión de los residuos de las industrias extractivas.
Ámbito temporal: Esta ley no será de aplicación a los daños medioambientales si han
transcurrido más de treinta años desde que tuvo lugar la emisión, el suceso o el incidente
que los causó. El plazo se computará desde el día en el que haya terminado por completo
o se haya producido por última vez la emisión, el suceso o el incidente causante del daño.
Energía, economía y medio ambientese dan cita en Murcia | |||||||
| 9/2/2009 | |||||||
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España contribuye a la lucha contrael hambre | |||||||
| 9/2/2009 | |||||||
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